MERCOSUR /GMC/ RES Nº 13/97
MODIFICACION DE LAS RES Nº 47/93 GMC.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 47/93 y 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 11/97 del SGT
Nº 3 “Reglamentos Técnicos”
CONSIDERANDO:
Que los Estados Partes acordaron subsanar los errores en la citada Resolución
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art 1º - Modificar la Res Nº 47/93 GMC “Determinación de Monómero de Cloruro de Vinilo” en los siguientes ítem:
Item 5.4.4
Donde dice:
a = n xy - (y) (x)
nx² - (x²)
b = (y)(x²) - (x) (xy)
nx² - (x²)
Debe decir:
a = n
xy - (
x )(
y )
______________________________
n
x² - (
x )²
Item 5.4.6
Donde dice
n
(y1 - z1)
i = 1
S= _________
n - 1
n
=
y1
i=1
Debe decir:
Item 5.8.2
Donde dice
contenido de cloruro de vinilo (µg/g) =
Debe decir
contenido cloruro de vinilo (µg/g) =
Art. 2º - Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:
Argentina:
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
Ministerio de Salud y Acción Social
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
Instituto Nacional de Alimentos
Brasil:
Ministério da Saúde
Paraguay:
Ministerio de Industria y Comercio
Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN)
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición
Uruguay:
Ministerio de Salud Pública (MSP)
Art. 3º- La presente Resolución entrará en vigencia el 14/XII/97
XXVI GMC - Asunción, 17/VI/97