MERCOSUR /GMC/ RES Nº 15/97
MODIFICACION RES Nº 11/95 GMC.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 91/93 y 11/95 del grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 13/97 del SGT
Nº 3 “Reglamentos Técnicos”
CONSIDERANDO:
Que los Estados Partes acordaron subsanar los errores detectados en la citada Resolución
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art 1º - Modifiquese la Resolución GMC Nº 11/95 “Determinación de Migración Específica de Etilenglicol y Dietilenglicol”
-1. Alcance
Párrafo único
-renglón 1:
Donde dice: se aplica la determinación
Debe decir: se aplica para la determinación
-renglón 3:
Donde dice: elaborados con polietilenglicol (PET)
Debe decir:elaborados con polietilentereftalato (PET)
-2. Fundamento
Párrafo 1:
-renglón 1:
Donde dice: el tiempo necesario
Debe decir: el tiempo prescripto
-renglón 3:
Donde dice: por cromatografía gas-líquidos
Debe decir: por cromatografía gas-líquido
-.3.Equipamiento
- Ítem 3.1
Donde dice: 31. cromatógrafo
Debe decir: 3.1 cromatógrafo
-Ítem 3.2
Donde dice: 32 columna cromatográfica
Debe decir: 3.2 columna cromatográfica
-5. Condiciones de operación recomendadas
- Ítem 5.4
Donde dice: flujo de aproximadamente 30 ml/min
Debe decir: flujo de nitrógeno de aproximadamente 30 ml/min
-Ítem 5.5
Donde dice: volumen de inyección: 2 ul
Debe decir: volumen de inyección: 2µl
-6.2 Análisis cromatográfico de la muestra
-primer párrafo, renglón :
Donde dice: a fuego directo con telemática
Debe decir: a fuego directo con tela telemática
Art 2º - Las autoridades competentes encargadas de adoptar las medidas necesarias para la implementación de la presente Resolución en los Estados Partes del MERCOSUR son:
Argentina:
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
Ministerio de Salud y Acción Social
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
Instituto Nacional de Alimentos
Brasil:
Ministério da Saúde
Paraguay:
Ministerio de Industria y Comercio
Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN)
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición
Uruguay:
Ministerio de Salud Pública (MSP)
Art. 3º- La presente Resolución entrará en vigencia el 14/XII/97
XXVI GMC - Asunción, 17/VI/97