MERCOSUR/GMC/RES Nº 34/97
PRORROGA DE LA PARTE B DE LA LISTA POSITIVA DE POLIMEROS Y RESINAS PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLASTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS (RES GMC No 87/93).
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones No 87/93 y 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 10/97 del SGT Nº 3 “Reglamentos Técnicos”.
CONSIDERANDO:
La necesidad de prorrogar la vigencia de la parte B de la Lista Positiva de Polímeros y Resinas para Envases y Equipamientos Plásticos en contacto con Alimentos.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1º - Prorrogar la vigencia de la Parte B de la Lista Positiva de Polímeros y Resinas para Envases y Equipamientos Plásticos en contacto con Alimentos, por un plazo de 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución.
Art. 2º - Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:
Argentina:
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
Ministerio de Salud y Acción Social
Administración Nacional de Medicamentos , Alimentos y Tecnología Médica.
Instituto Nacional de Alimentos.
Brasil:
Ministério da Saúde
Paraguay:
Ministerio de Industria y Comercio
Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN)
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición.
Uruguay:
Ministerio de Salud Pública (MSP).
Art.3. La presente Resolución entrará en vigor el 1º/X/97.
XXVII GMC - Montevideo, 5/IX/97